Escribano, Notario






  •  Información general:
La palabra notario o escribano describe al funcionario público que tiene la autorización para controlar y servir de testigo frente a la celebración de contratos, testamentos y otros actos extrajudiciales. El notario, por lo tanto, concede carácter público a documentos privados por medio de su firma.
Por ejemplo: “Tenemos que buscar un notario para la firma de la escritura”, “Gabriel no quedó conforme con la actuación del notario ya que no explicó con claridad las cláusulas del contrato”, “Ellos no pueden quejarse, ya que el notario ha dado fe de todo lo firmado”.
 El Estado le delega la facultad de “dar fe pública” de contratos, actos y hechos, en los que se fundan los derechos de las personas y que, por esa misma razón, necesitan tener un sello de autenticidad.
El escribano da fe de todo lo ocurrido en su presencia y de las firmas de las personas que participaron en ese acto. Además, realiza un minucioso control de legalidad previo a la firma.
Él funciona como garantía porque confirma la legalidad de los documentos que controla, ya que se trata de un jurista habilitado por la ley para otorgar garantías a actos que se suscitan en el ámbito del derecho privado.
Estos contratos, actos y hechos quedan plasmados en una escritura pública, en donde la firma del escribano avala todo un proceso previo de control de legalidad que le atribuye un grado de certeza absoluto. Por ejemplo, cuando una persona compra una casa, el Estado ofrece, a través de la intervención de un escribano, un sistema mediante el cual esa transacción no puede ser posteriormente discutida y será válida, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos que indican las leyes vigentes.
El escribano es imparcial, no toma posición por alguna de las partes, es neutral sobre lo que sucede, y este atributo lo diferencia claramente de otros profesionales del derecho. Es “el escribano del acto”, y no de una de las partes.
Cumple también una labor preventiva. En el caso de emprender un negocio, el asesoramiento que brinda este profesional es fundamental para adoptar la opción más conveniente, porque es quién analiza y evalúa la importancia de los datos que se disponen y, en general, previene acerca de los derechos y obligaciones. También se dedican al asesoramiento de la población en cuestiones relacionadas a actas públicas, testamentos y herencias y a custodiar documentos.
  • Generalmente, ¿Qué puede hacer un escribano?
  • Ejercer la profesión de conformidad a las leyes orgánicas notariales.-
  • Realizar gestiones en todas las reparticiones públicas y registros públicos de cualquier naturaleza
  • Ejercitar las funciones que le asignan los códigos procesales de cada demarcación.
  • Actuar como mediador, árbitro o conciliador judicial o extrajudicial.
  • Realizar todos los actos que sean de competencia de su profesión.
  • Presentar recursos contenciosos registrales.



  • Campo profesional:

      El campo profesional del Notario o Escribano está dado en general por las prescripciones de las leyes orgánicas notariales de cada provincia, quienes establecen los deberes, atribuciones, competencia territorial y ratione materiae, incompatibilidades, así como códigos de ética y deontología notarial, lo que abona la posición doctrinaria amplia que sostiene que el escribano ejerce una magistratura con delegación del Estado, obligatoria, reglada y jurisdiccional restringida. Es funcionario público en el ejercicio de sus funciones específicas y también un profesional del derecho.

Pueden desempeñarse para: 

  • Ejercer en todos los aspectos la función notarial conforme a las atribuciones que le asignan las leyes específicas que regulan la función.
  • Dar autenticidad a los hechos y actos jurídicos con su intervención y los que requieran formalidad de escritura pública.
  • Labrar toda clase de actas de notoriedad.
  • Como escribanos de gobierno y de municipalidades.
  • En la carrera judicial.
  • Director de Registros Públicos de distinta naturaleza.
  • Peritos inventariadores y tasadores en los juicios sucesorios.
  • Asesor de empresas en lo atinente a las cuestiones jurídicas formales.
  • En el mundo de la economía y finanzas como asesor y especialista en contratación.
  • Incumbencias emergentes de los Códigos de Procedimiento Civil y Comercial.
  • Intervención en ejecuciones especiales


  • Tipo de título: Grado
  • Duración promedio: 6 años
  • Lo puedes estudiar en (clikea en la imagen):



  • Mas info sobre esta profesión en (fuente):



No hay comentarios.:

Publicar un comentario